GDF: DAÑO MORAL A MISS UNIVERSO
Un caso de feminismo estalinista
Después de que Marcelo Ebrard demandó al cardenal Juan Sandoval Iñiguez por “daño moral” por la declaración del religioso de que el gobernante capitalino había maiceado a ministros de la Corte, la directora del Instituto de las Mujeres del gobierno del DF, Marta Lucía Micher, insultó al concurso de Miss Universo acusando a las mujeres de exhibirse “como reses”.
Si Ebrard demandó al cardenal por declaraciones que consideró un insulto, entonces como jefe de gobierno del DF está obligado a una sanción pública a Micher, a separarla del cargo por agredir verbalmente a la mexicana Jimena Navarrete que ganó el título de Miss Universo y a iniciar por oficio una denuncia contra la funcionaria por discriminación, ofensas y daño moral.
De no hacerlo, entonces Ebrard habrá perdido autoridad moral y política para demandar al cardenal Sandoval Iñiguez. A la señora Micher podrá no gustarle el concurso de Miss Universo y disgustarle el triunfo de la mexicana, pero la caracterización de las mujeres como “reses” cayó en el terreno de la discriminación que condena y sanciona legalmente.
El artículo 4 de la ley federal para prevenir y eliminar la discriminación establece que “se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas”.
La fracción XIII del artículo 9 de la misma ley señala como “conducta discriminatoria” el “aplicar cualquier tipo de uso o costumbre que atente contra la dignidad e integridad humana”, y aquí puede entenderse el feminismo del PRD como una forma de “uso o costumbre” política. Y la fracción XV establece como conducta discriminatoria el “ofender, ridiculizar o promover la violencia en los supuestos a los que se refiere el artículo 4 a través de mensajes e imágenes en los medios de comunicación”. Las declaraciones de la señora Micher fueron hechas en el programa de radio conducido por Carmen Aristegui, quien nada hizo para contener las iras racistas y discriminatorias de la directora general del Instituto de las Mujeres del GDF.
No es el primer tropiezo de la ira no contenida de la señora Micher, cobijada detrás de un feminismo estalinista, racista, discriminatorio, ofensivo y tipificado --por reconfirmación de la denuncia de Ebrard contra el cardenal Sandoval Iñiguez-- como “daño moral”. En agosto de 2008, la directora general de Instituto de las Mujeres del GDF declaró: “da miedo tratar con la derecha porque son unos hijos de la fregada”.
El asunto radica en el estalinismo feminista de la señora Micher. Pero la señora Micher aparece protegida por algunos los grupos perredistas que por un lado se desgañitan con su feminismo trasnochado y por otro avalan calificativos de discriminación contra otras mujeres. En un noticiero de televisión, el perredista Carlos Navarrete saludó el triunfo de Jimena Navarrete, sin parentesco por el apellido.
Lo peor de todo es que el insulto contra Jimena Navarrete al calificarla de res provino no de algún machista sino de una mujer; más grave aún, de la directora general del Instituto de las Mujeres del gobierno del DF. Al utilizar el insulto de reses, la funcionaria del gobierno de Ebrard violó los derechos humanos de las concursantes y de Jimena Navarrete y le restó a ella misma autoridad moral y política para dirigir una oficina dedicada precisamente a velar por el respeto a la condición de las mujeres.
De hecho, el insulto de la señora Micher encaja perfectamente con la caracterización de discriminación que hace el Conapred:
“Es el hecho jurídico ilícito cometido por personas físicas o morales particulares, autoridades, personas servidoras públicas, dependencias o cualquier entidad de los poderes públicos, sean federales, del Distrito Federal, estatales o municipales, con intención o sin ella, por acción u omisión, sin motivo o causa que sea racionalmente justificable, que tenga por objeto o produzca el efecto de negar, excluir, distinguir, menoscabar, impedir o restringir alguno o algunos de los derechos fundamentales de las personas, minorías, grupos, colectivos u otros análogos, por los motivos que se relacionan en el tercer párrafo, del artículo 1, constitucional, en los tratados internacionales de los que México sea parte, en el artículo 4 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación o en cualquiera otra”.
Así, la funcionaria ebradista Micher violó la Constitución porque el tercer párrafo del artículo 1 de la Constitución establece: “queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.
El caso de la señora Micher probará si Ebrard es coherente en sus demandas o si su denuncia contra el cardenal Sandoval Iñiguez en un circo mediático para sorprender a los liberales incautos.
_____________________________________________________________________